Dir: Carrera 5 No. 8-872 - Vía Santo Tomás

Psicoorientadoras

Los establecimientos educativos prestarán un servicio de orientación estudiantil que tendrá como objeto general el de contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de los educandos en particular en cuanto a:

-La toma de decisiones personales.

-La identificación de aptitudes e intereses.

-La solución de conflictos y problemas individuales, familiares y grupales.

-La participación en la vida académica, social y comunitaria: El desarrollo de valores y las demás relativas a la formación personal de que trata el artículo 92 de la Ley 115 de 1994.

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Ludys María Arcón Lubo, Docente Orientadora,
Jornada Matinal.

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Consuelo Navarro Barandica, Psicoorientadora.